Tribunal internacional de opinión condenó al estado colombiano por los crímenes de lesa humanidad cometidos en los dos meses de paro nacional 25/07/2021
¿De dónde vienen los Tribunales de Opinión y cuáles son sus facultades?

Por Luis Bernardo Díaz G. Phd Coordinador Maestría en DDHH UPTC Presidente Asoacadémica

Durante los días 26 y 27 de junio pasado sesionó el Tribunal Internacional de Opinión con magistrados de América y Europa para recibir las denuncias de las víctimas en el Paro Nacional acaecido en Colombia desde el 28 de abril y con ocasión de los dos meses de protestas. En dicha sesión se escuchó también al Fiscal Pedro Suárez Vacca quien acusó al Gobierno colombiano de acometer crímenes de lesa humanidad por acción o por omisión. Igualmente, el abogado del Estado presentó sus alegatos, centrándose en el carácter “vandálico” de la protesta. ¿De dónde vienen los Tribunales de Opinión y cuáles son sus facultades?
Es claro que desde la operación de los Tribunales de Nuremberg y Tokyo condenando los crímenes de los jerarcas nazis y nipones contra la paz, se han venido desarrollando una serie de instrumentos que res-catan el derecho de gentes desde la conciencia y la ética, verdad sabida y buena fe guardada. El Tribu-nal Bertrand Russell condenó los crímenes de lesa humanidad cometidos por los agentes norteamericanos en la Guerra del Vietnam. Posteriormente surgió el tribunal Permanente de los Pueblos y el Tribunal Internacional de Opinión, que también han hecho presencia en Colombia para juzgar determinados acontecimientos, como fue la masacre en Barrancabermeja y otra en el Magdalena Medio.
El carácter del Tribunal Internacional de Opinión es su carácter multidisciplinario, e intercultural, pues no solamente concurren al mismo juristas destacados, sino una gama de pensadores y pensadoras de altísimo nivel intelectual provenientes de distintas ramas del pensamiento, como las ciencias sociales, la sociología, la filosofía, la ciencia política, etc., la mayoría Phds. Si bien desde el estricto punto jurídico el fallo del trino no es vinculante para el estado colombiano, sí tiene un importante impacto desde el magisterio moral que lo inviste. Su procedimiento que culmina en un veredicto está revestido de un fallo en conciencia, en humanismo y en ética. El llamado a respetar como norma imperativa el Ius Gentium o derecho de gentes permea toda la actuación del Trino. También el análisis del Derecho Humanitario, pues los manifestantes no pueden ser catalogados como combatientes. Los análisis y sentencia del Tribunal Internacional de Opinión se remiten a las instancias del Sistema Universal de los Derechos Humanos (Corte Penal Internacional, Consejo de DDHH ONU, Alta Comisionada de los DDHH de la ONU, los Relatores de libertad de expresión y el de ejecuciones extrajudiciales, entre otros, así como al Sistema Interamericano de protección, como lo son la Comisión Interamericana de DDHH y la Corte Interamericana. El Tribunal sesionó en 3 Salas en la cuales se escucharon desgarradores relatos de víctimas que perdieron familiares por acción del Estado, así como el Gobernador del Magdalena, el cual ha sido perseguido por el Gobierno por no reprimir ferozmente las manifestaciones. También fue destacada la presencia de la Organización Comunal Nacional, por medio de sus voceros, que comentaron el asesinato de un millar de líderes y lideresas sociales, así como 278 excombatientes de las FARC que venían cumpliendo su palabra ante la JEP. Magistrados y Magistradas escucharon atentamente las acusaciones del Fiscal, así como la defensa del Estado, tomando nota de las intervenciones más sobre-salientes.
Otros sectores que han recibido con beneplácito el fallo del Trino, han sido los medios de comunicación alternativos, las redes socia-les (se conectaron más de seis mil personas a las sesiones del Tribunal los dos días) y las ONGs nacionales e internacionales de DDHH, como Amnistía Internacional y Human Rights Watch, entre otras. Las consideraciones y el fallo mismo es un instrumento procesal de gran valía en las investigaciones que se puedan adelantar contra los responsables de los graves crímenes de lesa humanidad cometidos dentro de las protestas. Ya las uni-versidades están incorporando el trino dentro del análisis de movimientos sociales y hasta una tesis doctoral en Brasil incorporó un capítulo sobre esta experiencia de gran impacto.

Por propuesta de la Magistrada Alicia Cabezudo, se creará coetáneo con el Trino, la Escuela de Ciudadanía y Derechos Humanos, y se está definiendo la siguiente visita del Tribunal, pues tres países han solicitado su presencia: Chile, Brasil y Guatemala, para juzgar a los responsables de los diversos crímenes cometidos.
Se interpela a la democracia que está permitiendo los horrores del exterminio. Igualmente, la exigencia de la dignidad humana por par-te de los Estados, el acatamiento a los estándares internacionales y nacionales (sentencia de la Corte Suprema de Justicia) sobre el derecho a la protesta, y una serie de elementos esenciales para analizar lo que aconteció con este Tribunal, que demostró gran agilidad en sus procedimientos –contrario a la justicia ordinaria- pues en dos días escuchó y profirió una sentencia condenatoria.
El Trino hará también seguimiento a la situación en Colombia y celebra que las recomendaciones de la CIDH al Gobierno colombiano hayan coincidido con las del Trino, pues ante todo se trata de reconocer los vacíos estructurales en el campo de los DESC, aspecto que está presente frente al reclamo de la dignidad humana.
Los crímenes de lesa humanidad más allá de afectar a un núcleo de víctimas identificable, son un crimen contra la humanidad, imprescriptible y lamentable. Este Tribunal de Opinión nace con el fi n de impulsar las investigaciones y proferir veredictos para el ejercicio de la justicia universal.